Junta de Centro
La Junta de Escuela es el órgano colegiado de gobierno representativo de la comunidad universitaria que integra el Centro, al que competen las funciones establecidas en el art. 28 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, entre las que se incluyen la elección del Director del Centro, elaborar los planes de estudio, aprobar el plan de organización docente, aprobar el calendario de exámenes e informar sobre las necesidades de profesorado y otras varias funciones.
La Junta de Escuela está formada por los miembros natos: el Director, el Secretario y el Delegado de los Estudiantes, también son miembros natos sin voto los Subdirectores y el Administrador del Centro y por miembros electos. Los miembros electos se renuevan cada 4 años, a excepción de los estudiantes cuya renovación tiene periodicidad anual.
El número total de miembros electos de la Junta de Escuela será de 49 personas, distribuidos de la siguiente manera:
a) Profesores de cuerpos docentes censados en el Centro………………… 25 (51%)
b) P.D.I. censado en el Centro, no incluido en el apartado a) anterior…..… 5 (10%)
c) Estudiantes matriculados en el Centro…………………………………….. 15 (30%)
d) Personal de Administración y Servicios adscritos al Centro…………….. 4 (9%)
No obstante lo anterior, la Junta de Escuela saliente podrá determinar la composición de la nueva Junta de Escuela, tal y como establece el art. 29.2 del Reglamento General de Régimen Electoral de la Universidad de Sevilla, respetando los porcentajes establecidos en el art. 27.2 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.
La Junta de Escuela podrá establecer comisiones con la finalidad de encomendarles asuntos de su competencia. Tendrán carácter permanente o transitorio y están formadas por el número de miembros que determina la Junta, siendo éstos renovados cada dos años.